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Población derechohabiente al Seguro Popular

Seguro Popular, Sistema de Protección Social en Salud (SPSS)

Es un modelo de financiamiento sustentado por tres aportaciones:
•Gobierno Federal
•Entidades Federativas
•Contribuciones de los afiliados conforme a los resultados estudio socioeconómico.
“Dispone Ley General de Salud art. 77 bis Capítulo III Aportaciones para el Sistema de Protección Social en Salud Capitulo V Cuotas Familiares; Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud en el titulo cuarto Financiamiento del Sistema”

El Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que todos los mexicanos y mexicanas tienen derecho a la protección de la salud. Para hacer universal este derecho constitucional, la Secretaría de Salud creó en 2002 un programa piloto denominado Seguro Popular de Salud (SPS) dirigido a la población no derechohabiente de la seguridad social. Este programa se convirtió en política de Estado en 2004, gracias a las reformas a la Ley General de Salud (LGS) que el Congreso aprobó en la primavera de 2003. Estas reformas dieron origen al Sistema de Protección Social en Salud (SPSS) y tienen como misión proteger financieramente a la población al ofrecerle un seguro de salud público y voluntario, mediante un amplio paquete de intervenciones y medicamentos.


Objetivo general: 
Cubrir las necesidades de salud existentes en la población en Jalisco y que no son derechohabientes de alguna institución de seguridad social con el propósito de reducir el gasto que desembolsa en materia de salud y a la vez fomentar la asistencia médica oportuna en los diferentes niveles de atención. Esquema de Aseguramiento Público y voluntario. Acceso a los servicios de salud en condiciones de gratuidad y de igualdad efectiva a la Población desprotegida en materia de salud y a la vez garantizar el financiamiento para la provisión de los servicios de salud de manera integral

Dependencia: 

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