Convenio con la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE)
Apoyar a micro y pequeños productores para implementar procesos de empaque con código de barras para poder colocar sus productos a través de establecimientos que así se los soliciten como es el caso de las Abarroteras y Supermercados. El 50% del costo la membresía en AMECE lo aporta el productor y el 50% restante es cubierto por el CEPE.
Dependencia responsable:
Contacto:
Lic. José Juan Culebro Pérez
Director Jurídico del Consejo Estatal de Promoción Económica
Correo electrónico: jose.culebro@jalisco.gob.mx
Tels: 33 3678-2072 Extensión: 52346
Institución a la que pertenece: Consejo Estatal de Promoción Económica - CEPE
Responsable oficial: D.I. Luis Enrique Reynoso VilchesLic. José Juan Culebro Pérez
Director Jurídico del Consejo Estatal de Promoción Económica
Correo electrónico: jose.culebro@jalisco.gob.mx
Tels: 33 3678-2072 Extensión: 52346
Institución a la que pertenece: Consejo Estatal de Promoción Económica - CEPE
Puesto: Director General del Consejo Estatal de Promoción Económica
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Objetivo general del programa:Incentivar a Micro y Pequeños productores a que incorporen el código de barras en sus productos para un mejor posicionamiento en el mercado, Nacional como Internacional.
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Etapas de vida:Adultos
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Tipo de Programa:Estatal
Trámites necesarios para participar:
Información técnica del programa:
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Año de inicio de operaciones:2007
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Area de actividad:
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Necesidades públicas que atiende:Incorporación del código de Barras, para que los productos que se ofrezcan a las cadenas comerciales y supermercados, puedan contar con un mejor control.
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Población objetivo:Micro y Pequeños productores.
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Cobertura territorial del programa:Todo el Estado
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Entorno social donde tiene impacto el programa:Urbano
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Grado de marginación que atiende el programa:No Focaliza
Referencia Legal que lo fundamenta
- Ley para el Fomento Económico del Estado
- Ley Estatal - Capítulo I / Artículo 2 / Fracción VI; Título II, Capítulo I / Artículo 21 Fracción V
- Reglamento Interior del Consejo Estatal de Promoción Económica
- Reglamento/norma oficial - Capítulo VII / Artículo 16 / Fracciones Ia la XII
- Reglamento Interior del Consejo Estatal de Promoción Económica
- Reglamento/norma oficial - Capítulo III / Artículo 7 / Fracción II
Normatividad regulatoria del programa
- Servicios ofertados por AMECE
- Otra - Capítulo VII / Artículo 16 Fracciones I a la XII
Fecha de captura:
Lunes, Julio 27, 2009
Autor: info.system.sup... - Consejo Estatal de Promoción Económica - CEPE
Fecha de actualización: 20/08/2014 - 21:34:20