DOM-024 Procedimiento para recepción de insumos en el Almacén Central
Varias adjudicaciones directas
Mantenimiento y conservación de inmuebles de Centros de Atención Primaria en Adicciones (CAPA's), en los municipios de Ameca, Puerto Vallarta, Colotlán y Tamazula del Estado de Jalisco.
Artículo 1°. Este reglamento tiene por objeto establecer las bases del sistema de asignación y distribución de órganos y tejidos en el Estado de Jalisco; así como determinar los mecanismos de coordinación y supervisión de las acciones que realicen los hospitales en materia de donación y trasplantes de órganos y tejidos, y reglamentar las atribuciones establecidas en la normativa sanitaria. Este Reglamento consta de 44 artículos, más transitorios.
Adquisición por fondo revolvente de material consumible para el Departamento de Sistematización de pagos.
Fortalecimiento de la unidad de rehabilitación y audiología en el Hospital General de Occidente
La presente ley es de orden público e interés general, y tiene como objeto: I. Proteger la salud de la población de los efectos nocivos del tabaco; II. Proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100% libres de humo de tabaco; III. Establecer las bases para la protección contra el humo de tabaco; IV. Instituir medidas para reducir el consumo de tabaco, particularmente en los menores; V. Fomentar la promoción, la educación para la salud, así como la difusión del conocimiento de los riesgos atribuibles al consumo y a la exposición al humo de tabaco. Esta ley contiene 20 artículos más Transitorios.
Se crea el Consejo Estatal de Salud como un órgano consultivo de coordinación y asesoría del Gobierno del Estado, que tiene por objeto planear, programar acciones y evaluar los servicios de salud que se brindan en el Estado de Jalisco. La organización, atribuciones y funcionamiento del Consejo Estatal de Salud se sujetará a lo establecido en el presente Acuerdo y al Reglamento Interno que al efecto se expida.